Requisitos y Procedimiento
Revalidación de Estudios de Educación Básica:
1. Solicitud que le entrega el área que conozca de su trámite
2. Acta de nacimiento o documento equivalente;
3. Sí el interesado requiere revalidar el nivel completo de primaria, deberá presentar el documento que compruebe haber cursado y acreditado el grado equiparable al sexto grado de educación primaria del Sistema Educativo Nacional, no es requisito comprobar el grado o los grados anteriores;
4. Sí el interesado requiere revalidar el nivel completo de secundaria, deberá presentar el documento que compruebe haber cursado y acreditado el grado equiparable al tercer grado de educación secundaria del Sistema Educativo Nacional, no es requisito comprobar el grado o los grados anteriores;
5. Pago de derechos;
6. No se requiere de apostilla o legalización del acta de nacimiento y/o documentos objeto de trámite.
7. Se requiere la traducción de los documentos (acta de nacimiento y certificados, boletas de calificaciones) al idioma español, la traducción al español podrá ser realizada por el interesado o por quienes ejerzan la patria potestad o la tutela sobre el.
Todos los documentos deben ser en original y copia.
La reinscripción de los alumnos provenientes del extranjero se efectuará en cualquier momento del año escolar.
Revalidación de Estudios de Educación Media Superior y Superior:
El interesado que haya realizado estudios fuera del Sistema Educativo Nacional, que pretenda continuar estudios del tipo Medio Superior y Superior en alguna institución pública o particular que cuenta con planes y programas de estudio con reconocimiento de validez oficial, puede llevarse a cabo la revalidación parcial conforme a los siguientes criterios.
Revalidación Parcial: La revalidación parcial de estudios del tipo medio superior y superior se sujetará a los siguientes criterios:
a) Por ciclos completos, cuando el interesado tenga totalmente acreditadas las asignaturas correspondientes a uno o más ciclos escolares previos.
b) Por créditos académicos, asignaturas u otras unidades de aprendizaje, cuando no se tenga totalmente acreditado uno o más ciclos escolares.
(Documentación requerida 1 al 5)
Revalidación Total: Se otorgará la revalidación por nivel completo cuando se desprenda que los estudios acreditados y concluidos fuera del sistema educativo nacional corresponden por nivel educativo a los estudios existentes dentro del sistema educativo nacional.
(Documentación requerida 1 al 5)
Documentación requerida:
1. Solicitud de revalidación de estudios.
Anexar a la solicitud la siguiente documentación en original y una copia fotostática legible (al recibir la solicitud, se coteja los documentos y se devuelven en el acto los originales).
2. Acta de nacimiento.
3. Documentos que amparen los estudios que se desean revalidar.
a). Título, diploma o grado académico que ampare los estudios realizados en el extranjero, materia de la revalidación.
b). Certificado y/o boletas de calificaciones de los estudios cursados en el extranjero, materia de la revalidación, quedescriban las asignaturas o unidades de aprendizaje, periodos en que se cursaron y calificaciones obtenidas.
4. Comprobante de pago de derechos correspondiente.
5. Plan y programas de estudio de la licenciatura o posgrado que pretenda revalidar (contenido temático de cada asignatura que permita establecer una comparación de los estudios cursados con un programa nacional afín, de ser el caso con traducción simple).
Las Solicitudes de revalidación de estudios de primaria y secundaria, así como de los tipos medio superior y superior, deberán acompañarse de traducción libre al español.
Referente a la revalidación de tipo superior, específicamente al contenido programático acorde a los perfiles de egreso de estudios del extranjero, deberá corresponder al menos en un 40% con un plan existente en el sistema educativo nacional.
De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo número 02/04/17, publicado en el Diario de la Federación el 18 de abril de 2017.
Procedimiento
- Entregue la documentación en la Subdireccion.
- Realice el pago
- Recoja la resolución correspondiente
Fundamento Legal
Acuerdo 02/04/17 (Publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de Abril de 2017); Ley de Hacienda del Estado de Campeche. Ley de Hacienda del Estado de Campeche